¿Cuándo es conveniente conciliar?

 

¿Cuándo es conveniente conciliar?

La conciliación es un acuerdo o mecanismo legal alternativo que faculta a las partes a llegar a un acuerdo. Las partes en disputa pueden ser naturales o jurídicas, de carácter privado o público, nacionales o extranjeros, y se les permite gestionar por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador. Mediante este proceso no se recurre a la vía judicial, mas bien se elabora un escrito Notarial que se presenta al Juez para que su homologación.

Los temas de desacuerdo pueden ser muchos y esta posibilidad esta directamente ligada al articulo 41 de la Constitución Política que hace referencia a la Justicia Pronta y Cumplida y ante el innegable colapso de nuestro sistema jurídico y la gran mora en la resolución de los conflictos se recurre a la figura de la conciliación para resolver las disputas.

Retomando el tema de la innegable saturación de los tribunales judiciales ha generado presas inimaginables de procesos que deben esperar literalmente años para obtener sentencias y sus eventuales consecuencias en temas de Pensiones Alimentarias o divorcios, sucesiones, en sede judicial, por ejemplo.

La naturaleza del Derecho ha cambiado y contrario a la costumbre donde todo se llevaba a vía judicial, en la actualidad se recomienda recurrir -en la medida de lo posible- a la conciliación, para evitar procesos demasiado caros y eternos.

Evidentemente existen temas en los que no se puede conciliar, como lo son los temas de abuso sexual, el articulo 36 del Código Procesal Penal, establece la lista taxativa de los temas en que se puede conciliar.

“ Contrario a lo que se ha creído siempre, la Conciliación no es sinónimo de derrota, bajo la coyuntura actual, significa ahorro de tiempo y dinero”, señala Acuña. “La vía judicial debe ser la última opción, lo primero debe ser buscar un acercamiento y acuerdo entre las partes”

La Ley de Resolución Alternas de Conflictos (RAC) o ley número 7727, es el instrumento dado a nivel legal para alcanzar acuerdos sin recurrir a la sede judicial.

Lic. Juan José Acuña

Abogado Penalista

Lic. Ignacio Acuña

Abogado

Bufete Acuña Leandro Costa Rica

Tel: 83099548


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