Notarios podrán tramitar cobros



Notarios podrán tramitar procesos de cobros, igual que Jueces


Con el fin de evitar los eternos procesos monitorios, elevados a nivel judicial, el Dr. Hermán Mora, quien además de ser presidente de la Academia Notarial de Costa Rica, llevó hasta la Asamblea Legislativa, un proyecto de ley, con el fin de que se otorgue a los Notarios, la función Asistente del Juez, en temas específicos.


De acuerdo con el especialista “este proyecto que el pasado lunes obtuvo la aprobación en primer debate, es muy importante y novedoso y además esel primero en Hispanoamérica, -lo que va a marcar una diferencia que se va a fraguar en Costa Rica- “.


 “En primer lugar, por un lado tenemos un personaje importante y estratégico que es Notario Público y que tiene que estar bien calificado, para tramitar procesos que por lo general, han estado en sede judicial, y se conoce como Jurisdicción Voluntaria. Con el objetivo de agilizar muchos procesos empantanados en los Juzgados, redactamos un proyecto de ley que se llama Procedimiento No Contencioso Sede Notarial y tuvimos un profundo respaldo de dos diputados, que se comprometieron a ayudarnos son María Vita Monge y don Jorge Fonseca”. 


“Con este proyecto ley se pretende que cambien mucho las cosas y donde el beneficiado es el cliente del notario. Mora señala que al aumentarle las atribuciones que tienen los Notarios y poder tener una función de auxiliar del Juez, en el trámite inicial, donde el notario puede tramitar como si fuera un Juez, en varios temas, no solo los cobratorios.


A manera de ejemplo también se podrá asistir en temas de Informaciones Posesorias, Procesos Sucesorios siempre y cuan do todos estén de acuerdo y no hayan menores de edad, Procesos Monitorios, entre otros.


Lo que se quiere es tener una figura ágil, que ayude a agilizar los procesos de trámites, ya que siempre tendrá a un juez verificando y resolviendo.


Por otra parte, Mora anuncia que “ya es Ley de la República, lo que se presentó como el Proyecto de Responsabilidad Notarial, y que se conoce como Ley de seguros de gastos por daños ocasionados en la función Notarial, que entrará en rigor cada vez que un usuario se sienta afecta por el actuar o no, de un Notario Público. Debemos dejar en claro que el que realiza el procedimiento de las escrituras, es el Notario Público, y en nuestro país  existe un Juzgado Notarial, -diagonal a la Corte, en el Primer Circuito Judicial- y es ahí donde se atienden la mayor cantidad de quejas contra Notarios.


En segundo término, por medio de la Póliza, el cliente aectado podrá recibir una indemnización donde se compensen los daños o afectaciones que pueda haber tenido un usuario, por la omisión o acción errada de un Nortario.


Ley de seguros de gastos por daños ocasionados en la función Notarial, tiene cobertura por un monto aproximadamente de 25 millones de colones y debe ser suscrita anualmente pro los Notarios Públicos.



Dr. Hermán Mora

Abogado y Notario

Presidente de la Academia Notarial de Costa Rica

HM Estudio Jurídico

Tel: 2220-0124


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