Testamento Vital

 

¿Quiénes pueden utilizar el Testamento Vital?

 A propósito de la reciente aprobación de la Ley de Disposiciones Adelantadas nos acompaña hoy, el Lic Herman Mora para explicarnos que es el Testamento Vital y como se realiza.

 “A diferencia del Testamento tradicional cuyos efectos se dan a partir de la muerte del testante, el Testamento Vital -se aprobó hace aproximadamente un mes, bajo la Ley de Disposiciones adelantadas- o Testamento de Voluntades Anticipadas, es aquel en el que una persona deja constancia, ante un Notario Público, - nombra a dos representantes-, donde se deja constancia de su voluntad ante temas relacionados con la salud o decisiones de tipo ideológico”.

El experto aclara que “el Testamento Vital se refiere a las condiciones que deben prevalecer durante la vida del gestor del testamento, precisamente antes de una eventual pérdida de facultades cognitivas o demencia senil. Es un documento donde se establece la voluntad ante temas como: tratamientos médicos a los que desea someterse o no, en caso de enfermedad, llegado el momento en que no pueda expresar su voluntad. Incluso el Testamento Vital puede referirse a temas psicológicas, religiosas, filosóficas, espirituales e incluso hasta económicas”.

El especialista agrega que “debe aclararse que en cuanto al tema de los representantes puede revocarse, ante la decisión del testador, o por el divorcio de los cónyuges. Este documento se archiva en Archivos Nacionales”.

El experto enfatiza que “este tipo de testamento mayormente utilizado en países desarrollados tiene como objetivo que no alteren las costumbres o creencias que la persona ha realizado durante toda su vida y que a manera de ejemplo, pueden ser: - desde que lo sigan llevando a misa, - ser sometido a algún procedimiento médico o no, -pasar los últimos días en casa o en Asilo de Ancianos, etc.

Esto con la idea de evitar la Falsedad ideológica -tan común- que se da en circunstancias en la que el testador ya no puede decidir por si mismo, y desdichadamente puede ser objeto de algún abuso ya sea patrimonial o en contra de su voluntad en aspectos de ideología, creencias u otros”.

Lic. Herman Mora

herman.mora@hmstudiojuridico.com

Tels.: 86442828/2220-0124

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