Acoso y Cobro judicial ¿Cómo debemos actuar?
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Acoso y Cobro judicial ¿Cómo debemos actuar?
Para nadie es un secreto que desde la pandemia cambiaron muchas cosas, especialmente hay una afectación económica importante para las personas a nivel mundial.
Esto ha dado paso también a otra situación conexa como lo es el acoso por parte de cobradores y tal han sido la cantidad de casos que incluso en nuestro país, debió crearse una ley para frenar esta acción.
Por esa razón ahora las personas cuentan con herramientas para defenderse de estos casos, mediante una serie de acciones, desde presentar una queja ante la Oficina de Protección Financiera del Consumidor (CFPB) hasta iniciar una demanda civil para obtener una compensación por el acoso que sufrió.
Para asesorarnos y darnos más detalles acerca de nuestros derechos frente al acoso y el cobro judicial, nos acompaña el Lic. Marco Sánchez de HM Legal Abogados quien explica “nos acercamos al mes de diciembre, mes donde recibimos los aguinaldos y por lo general las empresas de cobros empiezan a agobiar a sus deudores, recordándoles sus cuentas -normalmente- en atraso y emitiendo amenazas de embargo y demás.
“Como primer paso, mi recomendación es asesorarse, -sacar el usuario en línea del Poder Judicial, para asegurarse cuál es el estado de sus expedientes, - no tomar decisiones sin antes conversar con un abogado experto en la materia”.
Sánchez añade “recordemos que la prescripción se interrumpe con el pago, con la notificación al deudor o con el requerimiento, lo que quiere decir que un Notario le viene a decir que usted tiene una deuda que tienen que pagar a determinada empresa; mientras el deudor no haya recibido ninguna notificación, no haya efectuado ningún pago y nadie ha venido a reclamarle el pago con un Notario, esa deuda puede prescribir, pero siempre es importante revisar la Gestión en línea, que es una herramienta gratuita que brinda el Poder Judicial y donde todos la podemos solicitar, con solo el documento de identificación, para saber cuál es el estado y de ser posible interponer un proceso de prescripción, que tiene una duración aproximada de 8 a 10 meses, donde después se procede a enviar esa sentencia, donde se levanta la deuda a la base de datos -por el momento hay 8- donde están lo que popularmente se conoce como manchas o reporte de deudas a estas bases de datos”.
“Otro aspecto importante de destacar, es que en nuestro país, nadie va a la cárcel por deudas, los avisos que le llegan al teléfono con amenazas constituyen un abuso en contra de los deudores”.
Para finalizar “les invitamos a la actividad que se realizará el próximo 5 de Diciembre, donde celebraremos el VIII Congreso Internacional de Violencia de género en Latinoamérica, donde además contaremos con la presencia de expertos latinoamericanos, en el Auditorio Cooperativo en San Pedro de Montes de Oca, y dicho congreso es gratuito, de manera que los esperamos”.
Lic. Marco Sánchez
Director Ejecutivo de la Cátedra Americana del Derecho
HM Legal Abogados
Tel: 6100-1027
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