El despido… derechos que tiene el trabajador

 

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El despido… derechos que tiene el trabajador

En nuestro país , el despido laboral puede ser con o sin responsabilidad patronal. Si es con responsabilidad patronal, el empleador debe pagar al trabajador algunos conceptos contemplados en nuestra legislación.

Para hablarnos de esos derechos que tienen los trabajadores que son despedidos con responsabilidad laboral, nos acompaña el Lic. Rónald Chaves, especialista en derecho laboral, quien al respecto indica “lo primero que debe hacer un trabajador despedido con responsabilidad patronal es calcular sus extremos laborales: preaviso, cesantía y las proporcionales de vacaciones y aguinaldo; ya que para muchas personas la gran duda es cuanto les corresponde por estos conceptos” 

 “El despido sin responsabilidad patronal ocurre cuando hay una falta grave por parte del trabajador y solo se deben pagar las vacaciones y el aguinaldo”.

El especialista añade “muchas veces en los cálculos se pueden ver diferencias de salario, que normalmente corresponden a horas extras o bien a incapacidades, pero para eso es necesarios determinar el horario y jornadas que desempeñó el trabajador durante toda su relación laboral”.

“Es importante destacar que de acuerdo a nuestra legislación la cesantía en el caso de tiempos superiores a los 8 años, son 160 días, y se calcula de acuerdo al artículo 29 del Código Laboral, con una fórmula que a veces es un poco compleja que básicamente establece la cantidad de días por la cantidad de años laborales, eje: si una persona ha laborado un año, refiere a una cesantía de 19.5 días y va subiendo con el número de años”.

“No podemos pasar por alto la función de la Inspección de Trabajo y el Departamento de Relaciones Laborales, son instituciones administrativos cuya función es buscar la paz social, el dialogo social y un tema de asesoría a los trabajadores, pero los procesos de conciliación son procesos voluntarios, donde alguna de las partes puede asistir o no, por lo que es necesario acudir a las instancias judiciales”.

De acuerdo con Chaves, “fue con la reforma procesal del 2017, donde se contemplan una serie de principios inmersos en la normativa procesal laboral, que le permiten a los trabajadores recurrir, incluso de forma gratuita por medio de la Defensa Pública Laboral, o por medio de abogados especialistas, poder reclamar sus derechos”.

“Otra cosa importante de destacar, es que de acuerdo con el artículo 478, el patrono tiene la obligación de probar las razones que motivaron el despido de esa persona, ya que el trabajador muchas veces es despedido sin explicación alguna, pero incluso en las que se indica alguna causal, debe explicarse como se materializa esto y esto es lo que se analiza en este tipo de procesos”.

Lic. Rónald Chávez

Abogado, especialista en Derecho Laboral

Tel: 6100-2710

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