Opciones legales para que no le embarguen su salario
Opciones legales para que no le embarguen su salario
En nuestro país, la figura del embargo puede afectar diferentes tipos de bienes y derechos de una persona, incluyendo dinero en efectivo, cuentas bancarias, bienes muebles, bienes inmuebles, y salarios, entre otros. Por esta razón, nos acompaña el Lic. Marco Antonio Sánchez de H&M Legal, para aconsejarnos en qué hacer, ante una situación legal de esa índole.
Al respecto, el experto señala “ los embargos son producto de un proceso de cobro y validez proviene únicamente de la orden de un Juez del Poder Judicial, ya una vez, dictada la orden, son sujeto de embargo: el salario -por orden de un Juez, nunca por medio de mensajes de la empresa de cobro-, también son sujeto de embargo todos los bienes que el deudor posea: cuentas corrientes, depósitos a plazo, su casa, su carro, entre otros. Por esta razón, si una persona sabe que va a tener un proceso de cobro judicial, lo primero que debe hacer es ir a solicitarle a su patrono que le deposite el salario en otra cuenta, puede ser en la de un familiar directo, de acuerdo con el artículo 171, del Código de Trabajo, así mismo, puede obtener el Usuario de Gestión en línea del Poder Judicial, eso sí, se debe evitar ir a juzgados de cobro, para no ser notificados en el sitio; este proceso se realiza en cualquier oficina del Poder Judicial y lo único que requiere es su cédula de identidad, y de esa manera puede saber lo que sucede con los procesos que tiene.”
Sánchez agrega “ otro aspecto importante de tener en cuenta es, que si le van a depositar su salario en otra cuenta -esposa, mamá, hijo- esto no implica que no le vayan a embargar el salario, lo pueden hacer ya que es una orden judicial, sin embargo, el monto que le resta o que le van a depositar después del embargo, puede no sufrir el embargo, ya que se lo están depositando en otra cuenta, pero debe tener en cuenta que su empleador tiene la obligación de cumplir con la orden del Juez de cobro, pero, en una parte proporcional, así lo establece claramente la ley. Lo que implica que no pueden rebajarle todo su salario, por el embargo. Si la persona gana el salario mínimo, no procede el embargo, no obstante, a mayor salario es mayor la deducción”.
“Mi recomendación es buscar en la página del Ministerio de Trabajo, la calculadora de embargos, que ofrece el ministerio; ahí la persona debe indicar cual es el salario bruto que tiene y la calculadora le dará el monto de que es sujeto a la rebaja”.
“Recordemos que el patrono tiene la obligación de acatar lo dispuesto por el juez, pero, el saldo que le queda del salario, si se puede rescatar o proteger de que no sea embargado, por medio de esa solicitud. Otra opción es, pedir que depositen su salario en alguno de los bancos que ostentan la calidad de inembargables, que normalmente son los de tipo estatal y las Mutuales hasta 600 mil colones, también lo son”.
Recuerde si se encuentra en una situación por el estilo, recurrir a un profesional que le pueda ayudar en el proceso. Somos H&M Legal y estamos a sus órdenes.
Lic. Marco Antonio Sánchez
H&M Legal
Tel:6100-2710

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